• Sociedades Patrimoniales: La tesorería e inversiones financieras a corto plazo procedentes de dividendos percibidos por la participación en entidades en un porcentaje superior al 5%, no se consideran elementos afectos. (DGT CV 23-12-19).
  • Donaciones COVID-19: Hacienda recuerda a contribuyentes y empresas que los donativos por Covid son deducibles.
  • Planes de Pensiones: Desde el 14-3-2020 y durante un plazo de seis meses, los partícipes de los planes de pensiones podrán, de manera excepcional, hacer efectivos sus derechos consolidados en caso de desempleo o cese de actividad derivados de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. ( RDL 11/2020 disp.adic.20ª y disp. final 13ª, BOE 1-4-20 modificado por art. 23 RD 15 /2020 de 21/04/20.
  • Aplazamiento deudas tributarias COVID-19: Se establece la posibilidad de solicitar el aplazamiento del ingreso de la deuda aduanera y tributaria correspondiente a las declaraciones aduaneras presentadas desde el 2-4-2020 hasta el 30-5-2020, ambos inclusive, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
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