AVERUM Abogados gana una sentencia en un juzgado de Zaragoza, donde se condena a Vodafone a pagar 6.000 euros a un particular por las continuas llamadas comerciales.

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Zaragoza ha condenado a Vodafone a pagar 6.000 euros a un particular por intromisión ilegítima en su derecho a la intimidad y por vulnerar su tranquilidad y su descanso.

La magistrada señala que la actividad comercial desarrollada por la citada compañía puede calificarse como «avasalladora y acosadora».

Estima adecuada la indemnización en tanto en cuanto se ha podido acreditar que las llamadas perturbaban el descanso necesario por los horarios laborales del demandado y por sus problemas de salud, derivados precisamente «de la falta de este necesario descanso».

La sentencia reconoce que las numerosas llamadas que realizó Vodafone al cliente vulneraron su intimidad, por lo que le condena a pagar 6.000 euros e insta a la compañía telefónica a cesar en estas conductas.

Nuestros socios AVERUM Abogados, especializada en defensa del Derecho al Honor, Intimidad y Propia Imagen, considera que esta sentencia «sienta un precedente que marca un antes y un después en las relaciones contractuales entre particulares y grandes compañías».

Añade que el fallo pone de manifiesto que «la falta de proporcionalidad entre las partes contractuales, un particular frente a un gigante empresarial, y la proactividad en las acciones, unido a determinadas situaciones personales, pueden ser condicionantes tenidas en cuenta en el momento de dictar sentencia». Se abre, agrega, la posibilidad «de ganar demandas similares y sentar jurisprudencia en un caso claro de David contra Goliath«.

El particular presentó en abril de 2021 la demanda en la que queda probado que ante la insistente reiteración de llamadas de la operadora, el demandante accedió a suscribirse en agosto de 2020 a Vodafone, pero nunca se llegó a formalizar la portabilidad.

A partir de ahí, se sucedieron multitud de llamadas telefónicas que el demandante asegura que interrumpían sus horas de descanso. Por eso, pidió que cesaran a través de numerosos correos electrónicos, además de recurrir a la mediadora Autocontrol para que le solucionaran el problema.

Según la sentencia, la compañía telefónica alegó que se había solicitado la restricción de las llamadas y se habían cancelado todos los datos del demandante de sus archivos.

Sin embargo, las llamadas siguieron y Vodafone apuntó entonces que el número no pertenecía a ninguno de sus agentes y que era posible fueran realizadas por personas «que se hacen pasar por Vodafone sin estar autorizados a ello«.

Las llamadas continuaron y el demandante volvió a pedir que cesaran porque le molestaban en su descanso, dado que estas se producían después de comer y él trabaja de 6.00 a 14.30 horas, y porque incrementaban las cefaleas crónicas que padece.

La jueza valora la «gran actividad» desplegada por este hombre antes de interponer la demanda en defensa de sus intereses y para conseguir que cesaran las llamadas, aunque esta actividad ha sido «más que insuficiente».

Vodafone ha lamentado los problemas causados al cliente pero insiste en que no ha sido la compañía la que ha realizado esas llamadas y asegura que «en muchas ocasiones las operadoras se ven perjudicadas por llamadas fraudulentas emitidas por terceros».

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Artículo publicado en www.elmundo.es:

https://www.elmundo.es/economia/ahorro-y-consumo/2022/02/16/620d3169fc6c83f0028b45e3.html

 

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